Durante estos días la prensa se está haciendo eco del llamado CARTEL DE COCHES, CARTEL DE FABRICANTES DE AUTOMOVILES, o CLUB DE LAS MARCAS referido al grupo de empresas que intercambiaron información comercial, lo que supuso una implícita fijación de precios, realizada por la mayoría de marcas presentes en el mercado, que duró del año 2006 al 2013, y supuso un quebranto para el bolsillo a los adquirentes al pagar un sobreprecio que no debieron soportar, aspecto que da derecho a reclamar una indemnización por dicho perjuicio.
Para saber si podemos optar a una indemnización simplemente basta con consultar el modelo de vehículo que compramos y en qué fecha, entre 2006 y 2013. También es importante saber en qué concesionario se adquirió el coche, ya los establecimientos de venta participaron en los acuerdos de los precios.
¿Qué marcas están afectadas por el Cártel de coches?
Las marcas implicadas representan un porcentaje superior al 90% de la cuota de mercado, lo que se traduce en unos 10.000.000 de vehículos afectados, y en especial son:
Citröen – Mitsubishi – BMW – Cheverolet – Chrysler – Jeep – Dodge – Fiat – Alfa Romeo – Lancia – Ford – Opel Honda – Hyundai – KIA – Mercedes Benz – Nissan – Peugeot – Renault – Lexus – Toyota – Skoda – Saab – Volvo
¿Qué plazo hay para reclamar?
El plazo para reclamar la restitución del sobrecoste ocasionado por la conducta anticompetitiva es de UN AÑO desde la firmeza de la resolución sancionadora.
¿A qué Marcas les será imposible reclamar?
A Seat, Volkswagen, Porsche y Audi «no será posible ejercitar acción de reclamación de daños por vulneración de las normas del derecho de competencia». En primer lugar, la decisión de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia es del pasado 23 de julio de 2015 y los propios fabricantes admitieron la decisión de la resolución y no procedieron a recurrirla.
En esta línea, la acción de reclamación que se presenta en este fraude prescribiría al año de darse a conocer el agravio. Es decir, en este caso desde la fecha de resolución ha transcurrido el plazo más que de sobra para que no se pueda interponer ningún tipo de reclamación. Además, en la propia decisión se indica que a SEAT, así como al resto de empresas mencionadas, se les eximió del pago de la multa que le corresponde por su participación en la conducta infractora.
¿Cuánto dinero de indemnización puedo recibir si me encuentro dentro de las Marcas del Cártel de coches?
El cálculo de las sanciones que debe pagar cada concesionario o cada fabricante se realiza teniendo en cuenta diferentes agravantes, como el tiempo que los participantes del cártel formaron parte de esta trama o el beneficio económico que obtuvieron.
Se estima que, al menos, cada afectado recibirá entre el 10 y el 12% del precio que pago por su vehículo, con cantidad que varían entre los 2.000 y los 9.000 euros.
¿Qué documentación se necesita para poder reclamar y poder realizar el informe pericial económico que se precisa en caso de que se deba interponer Demanda si se niegan a indemnizarme?
La documentación que se precisa para reclamar el la siguiente:
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Factura de compra
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Si no se dispone de factura justificante bancario del importe abonado
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Contrato de leasing o renting
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Ficha Técnica del vehículo
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Permiso de circulación
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