perito de autos

Cuando pensamos en un incendio lo hacemos en una vivienda, en una oficina… incluso incendios forestales. Pero lo cierto es que los incendios en los vehículos son más comunes de lo que se suele pensar. Un lugar que forma parte de nuestra vida cotidiana y en el que muchos pasan gran parte de su día a día y, a tenor de los informes de reconstrucción de accidentes de tráfico, sin prevenir lo más mínimo esta trágica situación.

 

¿Cuáles son las principales causas que originan un incendio en un Vehículo?

 

En todo el territorio español se calcula de media unas 600 incidencias de vehículos en llamas, siendo el origen del incendio en su mayoría debido a tres principales causas:

 

  • Sobrecargas: Gasolina (o gasoil), líquidos de freno, aceite… Son elementos líquidos existentes en la inmensa mayoría de vehículos y causantes de un alto porcentaje de los incendios que estudiamos en la reconstrucción de accidentes de tráfico. La ignición de combustibles sólidos, añadidos a un posible mal estado de protectores plásticos o cables son una causa de incendio debido a sobrecargas o mal funcionamiento eléctrico.

 

  • La batería: Este elemento electroquímico acumulador presente en todos los automóviles es una fuente de calor que puede causar en determinadas circunstancias un incendio en el vehículo. Una mala manipulación de la batería o un mal estado de los bornes de conexión son suficientes para que salte alguna chispa debida a un mal contacto, provocando así un incendio en el vehículo.

 

  • El conductor: Al igual que el factor humano está detrás de la gran mayoría de los accidentes de tráfico, no hay que obviar este factor a la hora de analizar las causas de un incendio en un vehículo. Un clásico en este sentido es una colilla o cigarrillo que se cae en la tapicería, o el mechero mal colocado. No hay que olvidar que en el interior del vehículo existe una mayoría de materiales que pueden resultar inflamables ante un contacto con una fuente de calor.Por si fuera poco, en algunos casos como pueden ser vehículos dedicados a tareas laborales, puede darse el caso de transportar materiales peligros como son los extremadamente inflamables. Algunas sustancias son capaces de acumular vapores, que en circunstancias particulares pueden favorecer la aparición de un incendio.

 

Los incendios de vehículos en los garajes

 

El incendio en un vehículo puede causar daños al propio vehículo y a terceros, en éste último supuesto puede ser considerado un siniestro de Responsabilidad Civil General o Responsabilidad Civil de la Circulación, en función a las circunstancias de vehículo con el que se produce el siniestro o los daños, lugar donde se produce el hecho y tipo de acción o comportamiento. El análisis de estos tres factores determinará si nos encontramos o no ante un hecho de la circulación y qué seguro intervendrá: el propio, el de la comunidad de propietarios o el de hogar.

Durante los trabajos de investigación de la causa del incendio, es necesario conocer si fue ocasionado por un factor externo o debido a un motivo fortuito inherente al propio vehículo, por ejemplo, el sistema eléctrico o la batería. Se plantea la duda de si se debe considerar el siniestro como un hecho derivado de la circulación.

Para despejarla acudimos al ámbito judicial y lo que su jurisprudencia dice, con los datos que permitan conocer el movimiento efectuado por el vehículo hasta el estacionamiento, el tiempo y la circunstancia por la que estaba estacionado y poder establecer si es posible efectuar la reclamación al seguro obligatorio de circulación de vehículos por considerarse que se trata de un hecho de la circulación o si por el contrario se trata de un hecho derivado de la responsabilidad civil general del propietario del vehículo, en cuyo supuesto podría tener que utilizar su seguro multirriesgo de hogar, si no excluye tal supuesto.

 

¿Qué se entiende por hecho de la circulación ?

 

El RD 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor (EDL 2008/143248) lo define de la forma siguiente:

“A los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la cobertura del seguro obligatorio regulado en este Reglamento, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor a que se refiere el artículo anterior, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, urbanos o interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común.”

No hay duda de que la Ley asemeja el “hecho de la circulación del vehículo” al de la conducción y que implicaría una acción o movimiento, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, urbanos o interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común.

 

¿Incendio por negligencia o intencionado?

 

Los incendios en los que hay involucrado un vehículo llevan asociados una mayor complejidad que los de inmuebles puesto que estos dependen de diversos aspectos como son: si se encontraba el vehículo en funcionamiento, el tipo de vehículo, los recambios utilizados…

Durante el funcionamiento de los vehículos se produce la elevación de la temperatura de determinadas zonas, lo que junto a un combustible puede dar pie a la ignición, esto lógicamente es inviable si el vehículo no se encuentra en funcionamiento.

En los vehículos de transporte de mercancías es habitual que se agreguen maquinaria auxiliar no distribuida por el propio fabricante, creando una incompatibilidad entre ambos sistemas que pueden provocar un incendio incluso cuando ha pasado un tiempo relativo desde su instalación, puesto que el envejecimiento de las piezas y su desgaste por incompatibilidad puede ser progresivo.

 

Ya por último y una vez más, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.

Contacta con nosotros a través de nuestras diferentes vías de contacto o bien, a través de nuestro sencillo formulario en: www.peritoshispania.es

A %d blogueros les gusta esto: