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La elaboración de un informe pericial puede ser necesario en muchos casos como, por ejemplo, un accidente de tráfico con daños materiales y lesiones, una casa que tiene defectos constructivos o una persona de la que se tiene que evaluar su capacidad psicológica en un juicio penal. En definitiva, será necesario un informe pericial cuando queramos demostrar aquello que reclamamos, y es necesario que un experto en la materia de las razones que demuestran lo que pedimos.

En muchos casos, la realización del informe pericial se pide por si fuera imposible alcanzar un acuerdo y hubiera que presentar una demanda por lo que la persona que realiza el informe (perito) no solo tiene que tener conocimientos y experiencia para hacer le informe, sino también la habilidad de testificar defiendo su informe ante un tribunal.

 

La necesidad del informe pericial a día de hoy

 

En los últimos años el incremento de la litigiosidad en nuestro país ha sufrido un incremento vertiginoso no solamente cuantitativo sino también cualitativo pues también se ha incrementado la complejidad de los procedimientos y de los aspectos discutidos en los mismos. Y todos estos factores han influido en la proliferación de las pruebas periciales prácticamente en cualquier tipo de procedimiento. Por tanto el informe pericial es utilizado tanto en procedimientos  civiles como penales.

La importancia de la prueba pericial quizá radica en que no sólo podemos utilizarla para acreditar aquello que es objeto del procedimiento sino que, además, nos puede ayudar a desvirtuar hechos relevantes en el mismo.

 

Los criterios de valoración de los informes periciales en un tribunal

 

En principio, la decisión que toma el juez es tras considerar una valoración conjunta de toda la prueba. Es decir, no sólo la pericial, sino también otras pruebas como la documental, testificales, interrogatorio de los demandados, etc. No obstante, es cierto que la prueba pericial tiene especial trascendencia, precisamente por ser los especialistas en la materia los que aportan esos conocimientos, de los que precisa el tribunal para tomar su decisión.

La valoración de tal prueba es de apreciación libre por el tribunal de instancia, y que tal valoración no tiene otro límite que las reglas de la sana crítica (el artículo 348 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece: el tribunal valorará los dictámenes periciales según las reglas de la sana crítica, pero sin que existan reglas concretas recogidas en algún otro precepto.

Dichas reglas de la sana crítica han de entenderse como las más elementales directrices de la lógica humana, y deberá ser apreciada por los tribunales, no de forma aislada, sino en conjunción con el resto de la actividad probatoria practicada en el proceso.

Por ello, el juez debe valorar los dictámenes periciales teniendo presente una serie de circunstancias como son sus máximas de experiencia, la lógica interna del informe del experto, su ajuste a la realidad del pleito, la titulación del perito con relación a lo que constituye el objeto de la pericia, la relación entre el resultado de la pericial,el detalle y exhaustividad del informe, la metodología o las operaciones practicadas para la obtención de conclusiones, y también, la objetividad del mismo.

 

 

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