Lucro cesante e informes periciales.
El lucro cesante es un daño patrimonial que consiste en la ganancia que se ha dejado de obtener como consecuencia de un acto ilegal, el incumplimiento de un contrato o un daño ocasionado por un tercero.
El causante del daño o incumplimiento está obligado a indemnizar a la parte afectada por daños y perjuicios para reparar el daño cometido. Por otro lado, el demandante será el encargado de probar y acreditar la existencia y la relación de ese daño con la ganancia no adquirida. En este caso con la aportación de un informe pericial económico.
El lucro cesante como hemos comentado anteriormente, es la pérdida de una ganancia legítima o de una utilidad económica por parte de la víctima o sus familiares como consecuencia del daño, y que ésta no se habría producido si el evento dañino no se hubiera verificado.
Situaciones que pueden generar Lucro Cesante
Al margen de las situaciones de accidentes de tráfico, incendios y otras imprevisibles en donde entran en juego los seguros contratados al efecto, en el plano contractual civil o mercantil cualquier tipo de incumplimiento es susceptible de generar unos daños y perjuicios en los que se incluye el daño emergente y el lucro cesante.
Incumplimientos de contratos y obligaciones por dolo, negligencia y morosidad son por ejemplo el retraso en el pago de una deuda, o retraso en la entrega de objetos, mercancías, incumplimiento de obligaciones de hacer sobre todo personalísimas por parte del deudor, y en multitud de relaciones: contratos de arrendamiento, de obra, suministro, en el ámbito mercantil de competencia, propiedad industrial, intelectual…
El Informe Pericial sobre el cálculo del Lucro Cesante
En el Informe Pericial sobre el cálculo del lucro cesante, tiene que demostrarse que existe un lucro cesante y para esto hay que cumplir dos requisitos. Hay que probar que existe, es decir, probar que el beneficio económico realmente se ha dejado de percibir de manera efectiva por origen directo del daño causado. Hay que poder determinar la cantidad económica que no se ha percibido.
En el ámbito mercantil, el cálculo del lucro cesante es necesario en procedimientos judiciales en los que se necesita calcular el beneficio económico que se ha dejado de percibir por un daño causado por parte de un tercero o de forma unilateral. Este cálculo es imprescindible para reclamar cantidades a un tercero.
Así, para que sea indemnizable el lucro cesante se requiere necesariamente una evaluación basada en la realidad y dotada de cierta consistencia, es preciso probar que realmente se han dejado de obtener unas ganancias concretas que no han de ser dudosas ni contingentes, y que únicamente se puede establecer mediante una presunción de cómo se habrían sucedido los acontecimientos en el caso de no haber tenido lugar el suceso dañoso.
Las tres situaciones que exige la Ley
Las tres situaciones que exige la Ley para que se pueda justificar que ha existido un lucro cesante son:
Ya por último y una vez más, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.
Contacta con nosotros a través de nuestras diferentes vías de contacto o bien, a través de nuestro sencillo formulario en: www.peritoshispania.es