Hacienda devuelve el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones pagado por los no residentes en España
El Tribunal Supremo ha establecido, en varias sentencias, que existe discriminación en el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones exigido a los residentes extracomunitarios (de terceros países fuera de la U.E.) respecto a los residentes fiscales en España, porque se vulnera el Derecho de la U.E. respecto a la libre circulación de capitales, ya que las herencias y donaciones son movimientos de capitales aunque los hagan en España residentes en países extracomunitarios. Por el mismo motivo la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de septiembre de 2014 ya equiparó a los residentes comunitarios con los residentes fiscales en España a efectos de este Impuesto.
Por tanto, los residentes comunitarios y extracomunitarios pueden aplicar, igual que los residentes fiscales en España, la normativa de cada Comunidad Autónoma en la liquidación de sus Impuestos sobres Sucesiones y Donaciones, en vez de la normativa Estatal que resultaba más gravosa.
En consecuencia, los no residentes fiscales en España, tanto los comunitarios como los extracomunitarios, que hayan pagado el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones aplicándose la normativa Estatal, pueden solicitar la rectificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones presentado, aplicándose la normativa de la Comunidad Autónoma que corresponda, con todas las bonificaciones que estén establecidas, y tienen derecho a la devolución de este Impuesto pagado en exceso. Esta solicitud se podrá realizar siempre y cuando no haya prescrito el derecho, es decir, que no hayan transcurrido más más de cuatro años desde que se presentó la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Por ello, si tenéis algún cliente en esta situación, es decir, como no residente fiscal en España ha presentado y pagado el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya sea residente comunitario o en un país tercero, o si sois directamente un afectado,desde Peritos Hispania le podemos prestar el asesoramiento necesario, con el informe pericial económico que que se precisa para justificar y obtener la devolución, por ingresos indebidos, de dicho Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Ya por último y una vez más, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita respecto a tu caso. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.
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