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¿Qué es la cláusula suelo?

 

La cláusula suelo es el tipo de interés mínimo que según la escritura de préstamo se va a cobrar al prestatario en un crédito referenciado, aún en el caso de que el tipo de referencia más el diferencial estipulado en dicha escritura sea inferior a dicho tipo mínimo.

Dicha cláusula ha sido declarada nula por los tribunales.

A primeros de este año el Abogado General de la Unión Europea daba a conocer su informe con las conclusiones en relación a la validez de los acuerdos por cláusula suelo entre banco y cliente.

Unos acuerdos que, en no pocos casos, ofrecía a los hipotecados el mero hecho de eliminar la cláusula suelo, sin devolver las cantidades abonadas de más. En los casos que, además de suprimir esta cláusula abusiva de la hipoteca, los consumidores recibían una cantidad por lo pagado de más, esta cifra era claramente inferior a la que, de verdad, correspondía.

Pero no solo lo anterior. Al firmar el acuerdo con el banco, el hipotecado estaba aceptando renunciar a acciones judiciales posteriores lo que ha dado lugar a que muchos afectados por cláusula suelo en España no puedan recuperar su dinero.

En la práctica viene siendo habitual que las entidades ofrezcan cuantías inferiores o métodos de devolución alternativos y perjudiciales económicamente al consumidor (como la reducción del tipo de interés). A nuestro juicio, lo importante es dar efectivo cumplimiento a la nulidad; esto implica liquidar el préstamo como si nunca hubiera existido la cláusula suelo.

 

 

¿Qué pasos debemos de seguir para reclamar?

 

En primer lugar, analizamos, revisamos y validamos las cuotas de amortización abonadas por los clientes a su entidad financiera desde el inicio de la vida del préstamo.

A continuación, comprobamos el cálculo de las cuotas del préstamo hipotecario, de acuerdo a los cálculos realizados por la entidad financiera, con la información suministrada por la misma.

Consideramos y analizamos las modificaciones que se hayan podido producir en concepto de amortizaciones, pactos de carencias, impagos, pactos de venta…

Calculamos mediante el método retrospectivo las cuotas hipotecarias bajo la hipótesis de aplicación del tipo de interés correcto, es decir, sin la cláusula suelo.

Adaptamos nuestros cálculos a las condiciones pactadas por cada cliente con su entidad financiera en su escritura de préstamo hipotecario y generamos la información.

 

 

¿En que te ayuda tener un Informe Pericial sobre esta cláusula?

 

El importe a reclamar depende de cada caso en concreto ya que viene determinado por las condiciones particulares de cada hipoteca, teniendo en cuenta los factores que detallamos a continuación. Por este motivo siempre recomendamos disponer de un informe pericial que analice su cláusula suelo y cuantifique la reclamación antes de iniciar un procedimiento legal por los costes y preocupaciones que supone. Adicionalmente, es muy posible que cuando inicie la vía judicial su entidad financiera le ofrezca un acuerdo extrajudicial y sólo en caso de disponer de un informe pericial podrá saber cuando aceptar y cuando rechazar el acuerdo que le ofrezcan.

Además, debemos recordar que, junto con la devolución de lo cobrado indebidamente y junto con la amortización del capital que corresponda, el consumidor tiene derecho a una indemnización a pagar por el banco. Dicha indemnización se calcula, por lo general, a los tipos de interés legal del dinero vigentes desde el momento de cobro de la cantidad excesiva hasta el momento de devolución (y no exclusivamente, al tipo de interés legal actual).

 

 

 

Ya por último y una vez más, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita respecto a tu caso. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.

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