¿Qué es la contaminación acústica?

 

Se puede definir la contaminación acústica como el exceso de sonido que altera las condiciones normales del ambiente de un determinado lugar. Es decir, se trata de un ruido que afecta a la calidad de vida de las personas de diferentes maneras.

Las principales fuentes de ruido suelen ser el transporte (aviones, trenes, metros, autobuses), la construcción de edificios y las obras y, finalmente, las industrias. Otra de las fuentes de ruido que se puede sumar a las anteriores es la que se produce cuando hay una aglomeración de personas en un lugar: un concierto, un bar o una manifestación.

 

 

¿Nos puede producir enfermedades o patologías la contaminación acústica?

 

El sometimiento de forma continuada al ruido por encima de los límites puede producir el aumento del ritmo cardíaco y respiratorio, angustia, agresividad, agotamiento, reducción de la actividad cerebral y, en consecuencia del rendimiento en el trabajo o escuela, también puede producir importantes perturbaciones del sueño, en determinados casos puede llegar a provocar patologías psíquicas.

 

El Procedimiento legal contra un caso de contaminación acústica 

 

La situación de vulnerabilidad en que se pueden encontrar las personas, frente cada vez más numerosas fuentes de ruido, ha dado lugar a una regulación preventiva y protectora, tanto desde el punto de vista medio ambiental como de la salud de las personas. Asimismo, son cada vez más los pronunciamientos de órganos judiciales de distintos órdenes jurisdiccionales, especialmente del contencioso administrativo, civil y penal. He aquí una de las características de la materia, en función de las circunstancias concurrentes, así como de las características del foco  del ruido perturbador, el ciudadano podrá optar entre varias vías de acción, ya sea la administrativa, en cuyo caso las acciones se emprenderán ante la administración generadora del ruido o, en su caso, cuando el foco provenga de un particular, como administración responsable de controlar el cumplimiento de los límites exigidos por la normativa (ius vigilando). En otros casos, el particular podrá ejercitar directamente acciones civiles contra el tercero causante de la perturbación, invocando normativa relativa a relaciones de vecindad, reglamentos internos de comunidades de vecinos sujetas al régimen de la propiedad horizontal, o reclamaciones de daños por responsabilidad extracontractual.

Nuestra Ley vigente define la contaminación acústica como «la presencia en el ambiente de ruido o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que implique molestia, riesgo de daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, incluso cuando su efecto sea perturbar el disfrute de los sonidos de origen natural, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente». En cualquier supuesto de esta contaminación acústica se puede aspirar al cierre del local y, simultáneamente, a una indemnización.

Para conseguir estos objetivos, hemos de hacer uso de los informes periciales que nos realice un Perito. Existen múltiples sentencias que identifican el ruido excesivo como una vulneración del derecho al intimidad personal y el derecho a la inviolabilidad del domicilio, ambos derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18 de la Constitución Española y, también, en el artículo 8 del Convenio de Roma.

Ya por último y una vez más, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.

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