LA LABOR E IMPORTANCIA DEL PROCURADOR

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Rocío Rodriguez Infantes, Procuradora en la Comunidad de Madrid.

Probablemente, la mayoría de los que lean este artículo tengan ya suficiente conocimiento de la figura del Procurador, sin embargo, llama la atención cómo esta profesión puede llegar a ser una absoluta desconocida para aquellos que no tienen contacto diario con el mundo de la Administración de Justicia.

Para este caso la Procuradora Rocío Rodriguez Infantes, nos orienta y explica cuáles son las labores de esta figura indispensable en el ámbito jurídico y el porqué de su importancia.Ella es Procuradora en la Comunidad de Madrid con una dilatada experiencia, para cualquier caso o consulta que precises puedes ponerte directamente en contacto con ella a través de las siguientes vías:  Teléfono 607.753.319     e-mail:   r.rodriguezin@gmail.com

No son pocas las ocasiones en las que los Procuradores nos encontramos con preguntas, por parte de nuestros representados , del tipo “¿y el Procurador qué hace?” o incluso “¿por qué tengo que pagar a una persona que no hace nada en el juicio?”. Y es que es éste uno de los puntos más importantes a tratar: los procedimientos no se limitan tan sólo a la celebración del juicio, a pesar de ser el acto más esperado o más notorio para muchos de los que se embarcan en un litigio, sino que cada pleito está compuesto por un gran número de trámites anteriores a ese momento, e incluso, existen procedimientos en los que ni siquiera se da dicha circunstancia y finalizan sin necesidad de acudir a una vista.

Lo primero que se debe tener claro es que el Procurador tiene como principal función la representación procesal de la parte. Esto es, actúa como si fuese el propio litigante ante los Juzgados y Tribunales con todo lo que ello conlleva. Por ello, el Procurador debe preocuparse del buen curso del procedimiento como lo haría cualquier persona que se vea envuelta en un litigio, si bien, con los conocimientos procesales necesarios para saber cuál va a ser o  debe ser el siguiente tràmite procesal. Esto hace que el mismo no sea un empleado o mero mensajero del abogado, sino un compañero, formando un equipo jurídico que permita al abogado centrar toda su atención en el fondo del asunto para la defensa de su cliente, correspondiendo al Procurador el resto de cuestiones propias de un proceso judicial.

Esta función de representación  se encuentra articulada bajo un contrato de mandato, en la que el mandatario es el litigante, evitàndosele acudir a los Juzgados y Tribunales personalmente, salvo en aquellos casos en que sea estrictamente necesaria su presencia.

Por tanto, y para comenzar a abordar algunas de las funciones propias del Procurador (pues para enumerar absolutamente todas necesitaríamos unos cuantos artículos más) vamos a tratar de resumir qué es aquello que conforma la referida representación procesal.

En primer lugar, el encargado de presentar todos los escritos es el Procurador, dando, en este caso, traslado de los mismos al resto de Procuradores personados en el procedimiento. Estos escritos han sido previamente elaborados por el abogado, si bien, el Procurador también se encarga de elaborar aquellos escritos de carácter procesal y necesarios para el impulso de los procedimientos.

Además, debido a  que la Administración de Justicia en muchos casos se encuentra desbordada de procedimientos, suele ocurrir que los asuntos se paralicen, y es el Procurador el encargado de acudir a los Juzgados y Tribunales para tratar de impulsar y agilizar los trámites. Por tanto, los Procuradores debemos estar en contínuo contacto con la Administración de Justicia colaborando en todo aquello que nos sea posible y tengamos encomendado.

De esta forma, además de ser el encargado de recibir todas resoluciones que se dicten en nombre del cliente, también se encarga de diligenciar numerosos despachos que, de llevarse a cabo por la Administración de Justicia, producirían muchísimos más colapsos. Entre dichos despachos se encuentran, entre otros, la tramitación de mandamientos dirigidos a Notarios, Registros de la Propiedad, Registros Mercantiles, Registros de Bienes Muebles; tramitación de exhortos dirigidos a otros Órganos Judiciales (debiendo estar pendientes, como no podría de ser de otra forma, de su cumplimentación); tramitación de pagos de tasas y depósitos, realizar consignaciones en la respectiva cuenta del juzgado; y en muchos casos, también es el encargado de notificar y emplazar a personas físicas y jurídicas que hayan sido llamadas a comparecer en el procedimiento. Esta última función se ha visto fortalecida en la última reforma de la LEC por la que se concede a los Procuradores la función de fedatarios públicos eximiéndoles de deber realizar la misma acompañados de testigos. Sobre este último aspecto les invito a leer el artículo publicado en la revista del ICPM Núm . 36 sobre Actos de Comunicación realizados por el Procurador.

Asimismo, al ser los encargados de recibir todas las notificaciones que dicte el Juzgado o Tribunal, somos los responsables de su envío al abogado y, en su caso, al cliente, debiendo estar pendientes del cómputo de los plazos que se concedan o por los que se requiera algún aspecto a la parte, y observar que se cumplan efectivamente todos los trámites procesales propios del pleito en cuestión , velando, en todo caso, por la salvaguarda de los intereses de nuestros representados

Por último, el Procurador debe asistir personalmente a todas las diligencias y actos necesarios del procedimiento, acompañando a la Comisión Judicial en unos casos, y al cliente y al abogado, en otros.

Como bien he indicado anteriormente, éstas son sólo algunas de las funciones que realiza el Procurador, que, si bien no son todas, espero sirva para comprender la gran función que realizamos como colaboradores de la Justicia y representantes procesales de los litigantes.

En algunas ocasiones, se me habrá escuchado decir que realizamos nuestro trabajo “en la sombra» y esto hace que en los últimos tiempos algunas esferas hayan confundido lo “invisible» con lo inservible. En este sentido, considero que es precisamente eso lo que debe cambiar para que nuestra tan digna profesión vuelva a tener el reconocimiento que merece: la visibilidad, que, por desgracia, en la mayoría de los casos se limita, a ojos de nuestros representados, al acto en el que menos protagonismo tenemos. Por ello, espero que  este artículo sirva para sembrar una pequeña semilla de conocimiento sobre nuestra labor y anime a mis queridos compañeros a seguir luchando por el fortalecimiento , visibilidad y consideración que está profesión algún día tuvo y, esperamos , vuelva a recuperar.

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