A la hora de determinar la indemnización por accidente de tráfico influyen diferentes variables, pero en el caso de que haya habido alguna secuela, se dificulta el proceso ya que se deben valorar independientemente los puntos de secuela para poder estimar la indemnización. Estos puntos de secuela sólo los puede determinar un especialista médico, ya que hay que tener en cuenta multitud de factores: si son o no permanentes, si dejan o no huellas estéticas, etc.
Según el baremo las secuelas son aquellas deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos derivados de una lesión que persisten finalizado el periodo de curación (alta médica), es decir, un daño de duración indefinida.
Por desgracia, un accidente de tráfico en su gran mayoría provocan lesiones en los perjudicados. De mayor o menor entidad, todas ellas van a necesitar un periodo de tratamiento para curarlas, que será más o menos largo en el tiempo dependiendo del tipo de lesiones sufridas.
Para valorar el daño a indemnizar tras el accidente, al igual que en casos de lesiones temporales o muerte, la ley se basa en unas tablas mediante las cuales se establecen las cuantías por perjuicio personal básico, perjuicio personal particular y el perjuicio patrimonial, que a su vez incluye el daño emergente (indemnización por gastos y daños provocados en el accidente) y el lucro cesante (el dinero que deja de percibir durante su convalecencia y a causa del accidente).
ALGUNOS DE LOS ASPECTOS MÁS IMPORTANTES PARA CALCULAR UNA INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRÁFICO
Los aspectos más importantes para calcular una indemnización por accidente de tráfico serán los referentes a días de hospitalización, días impeditivos, días no impeditivos, valoración de las secuelas, incapacidad temporal, incapacidad permanente, incapacidad para trabajar, los perjuicios estéticos, los perjuicios morales y los daños económicos producidos por el accidente de tráfico o circulación.
A continuación pasamos a detallar brevemente alguna de ellas, de que tratan:
- DÍAS DE HOSPITALIZACIÓN: Son los días que un accidentado pasa en un centro hospitalario recibiendo tratamiento médico para sanar las lesiones sufridas por un accidente. Estos días son los de mayor cuantía a la hora de calcular la indemnización.
- DÍAS IMPEDITIVOS: Son aquellos días en los que la persona, sin estar hospitalizada, requiere de reposo o tratamiento hospitalario, ambulatorio o sanitario y por tanto no puede realizar una vida normal ni reincorporarse a su puesto de trabajo.
- DÍAS NO IMPEDITIVOS: Son aquellos en los que la persona que ha sufrido lesiones como consecuencia de un accidente de tráfico no puede realizar aquellas tareas cotidianas completamente recuperado. Entre los ejemplos más habituales estarían las sesiones de fisioterapia, para su recuperación. buscándose con esto una regeneración completa del lesionado.
- VALORACIÓN DE SECUELAS: Es considerada fundamental para la asignación de punto de secuela o puntos de secuelas. En este paso, una pericial médica especializada en accidentes de tráfico es fundamental, dada la relación directa entre la valoración de secuelas, la asignación de puntos de secuela y la indemnización por el accidente de tráfico.
En la valoración de secuelas debe tenerse en cuenta también la relación con los daños morales que pueda causar un accidente de tráfico. En este apartado se puede englobar aquél tratamiento psicológico o psiquiátrico. Pudiéndose entender con ello que el aumento de la indemnización por accidente de tráfico es necesaria para la restitución de la vida normal del accidentado en relación a su desarrollo personal.
- INCAPACIDAD TEMPORAL: Esta deberá quedar acreditada por un Perito médico, mediante la pericial médica de referencia. Dicha incapacidad temporal como consecuencia de un accidente, será el tiempo que desde el accidente (en el que se ha producido una lesión) de tráfico, hasta que dicha lesión se ha terminado de curar o de consolidar.
- INCAPACIDAD PERMANENTE: Esta es sin duda, la peor noticia tras un accidente de tráfico. En este escenario la persona, que ha sufrido una lesión por accidente de tráfico no puede restablecer su vida normal. Y en este punto estas se dividen en: incapacidad permanente parcial y la incapacidad permanente total o incapacidad permanente absoluta.
- Incapacidad permanente parcial: Es cuando existen secuelas que limitan parcialmente la ocupación o actividad habitual, pero sin impedir la tareas fundamentales de la misma.
- Incapacidad permanente total: En esta se podemos decir que existe una doble vía indemnizatoria, que es causa de las secuelas permanentes que impiden totalmente la realización de las tareas de la ocupación o actividad habitual del incapacitado.
- Incapacidad absoluta: En esta se determina la imposibilidad de realizar cualquier actividad laboral o diaria de la persona accidentada.
Independientemente a las anteriormente mencionadas, de igual forma queremos nuevamente recordar, que serían también a valorar las posibles secuelas o daños mencionados anteriormente como son: los perjuicios estéticos, los perjuicios morales y los daños económicos producidos por el accidente de tráfico o circulación.
¿CUÁNDO DEBO DE INICIAR EL PROCESO DE RECLAMACIÓN?
Puede iniciarse el proceso de reclamación a la aseguradora obligada al pago cuando el proceso de curación del lesionado haya finalizado y recibe el alta médica
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