Los vicios ocultos en un vehículo
Los vicios ocultos son defectos que puede tener un bien, en este caso un coche, que a simple vista no se perciben y por tanto, el comprador desconoce. Según la ley, en caso de que se detecten averías o fallos que no se nos notificaron durante el proceso de compraventa, disponemos de 6 meses desde la entrega del vehículo para poder reclamar.
En el caso de una compra-venta entre particulares, hemos comentado que es posible renunciar a la responsabilidad por vicios ocultos mediante una clausula en el contrato de compra-venta, pero en el caso de un establecimiento especializado nunca se perderá la garantía ya que es un derecho irrenunciable. No importa que se haya firmado una renuncia por contrato o en un documento a parte, siempre tendremos posibilidad de reclamar, al contrario del contrato entre particulares.
Qué podemos exigir por los vicios
En cuanto a qué se puede conseguir si ejercitamos nuestro derecho de saneamiento, de acuerdo con el artículo 1.486 del Código Civil, el comprador, siempre ante los tribunales de justicia, podrá optar por:
- La acción redhibitoria: consiste en desistir del contrato, abonando los gastos que pagó, entregando la cosa con vicios ocultos.
Si se pudiera demostrar que el vendedor actuó con mala fe, pues conocía los defectos y no los manifestó al comprador, en caso de optar el comprador por la acción redhibitoria también podrá exigir daños y perjuicios.
- La acción quanta minoris: consiste en rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos, por la valoración de los vicios ocultos.
- Si el vendedor es un establecimiento de compraventa, lo normal es exigir la reparación del vehículo salvo que no merezca la pena.
¿Qué pasos debo seguir?
Si hemos comprobado estos desperfectos y no hemos sido informados de los mismos, le recomendamos que tan pronto los conozca, realice una reclamación por los daños y perjuicios causados, ya que, únicamente la garantía por vicios ocultos saneará aquellos defectos que tuviera el vehículo al tiempo de su compraventa, no los que se hayan podido generar con posterioridad y de los que nosotros hayamos podido ser responsables por un uso inadecuado del mismo.
Informe de Daños: Para iniciar esta reclamación, deberá contar con un informe que certifique la existencia de las averías en el vehículo por parte de un Perito especialista. No bastará con la comunicación de los vicios ocultos al vendedor, sino que también tendrá que acreditar el pago efectivo de las reparaciones llevadas a cabo en el vehículo para su corrección.
Ya por último comentarte que si te encuentras en esta situación en Peritos Hispania contamos con los mejores profesionales en la realización de este tipo de Informes.
Contacta con nosotros en www.peritoshispania.es