Una negligencia médica se produce cuando un profesional sanitario actúa apartándose de los estándares médicos exigibles (por acción u omisión) causando en la mayoría de ocasiones un daño físico y moral al paciente.
¿Cuales son los tipos de prestación sanitaria donde se puede incurrir en una negligencia médica?
Ante esta situación debemos hablar de 3 tipos de prestación sanitaria para plantear nuestro caso concreto desde una perspectiva correcta.
Medicina pública
Nos referimos a la asistencia sanitaria que se presta a través de la red sanitaria pública en ambulatorios, hospitales, clínicas de la red sanitaria pública nacional o autonómica.
Medicina privada
Nos referimos a la asistencia sanitaria de carácter privado que se presta a través de seguros privados de salud y a la medicina no paliativa de carácter voluntario ligada a intervenciones de cirugía estética, corrección de miopía ocular…
Centros paramédicos
Sobre este tipo de centros existe un número heterogéneo de establecimientos comerciales que ofrecen tratamientos paramédicos o relacionados con la salud. En ocasiones, sus servicios no se prestan adecuadamente y sus intervenciones producen daños en la salud o son claramente ineficaces o son simplemente un engaño, a pesar de las promesas previas.
¿Qué procedimientos se pueden seguir para reclamar por los daños sufridos a causa de una negligencia médica?.¿Y qué plazo hay para reclamar?
Si la negligencia se comete en la Sanidad pública
El procedimiento en estos casos a seguir es una RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ante la administración sanitaria competente. Es un procedimiento administrativo donde se reclama ante la administración causante de la negligencia médica una indemnización por los daños y perjuicios provocados por su mala praxis.
El plazo máximo para iniciar este procedimiento es de un año desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente, o en el caso de que a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que cure o estabilice esta lesión/daño/enfermedad.
Si la negligencia se comete en la Sanidad privada
El procedimiento a seguir es una DEMANDA por RESPONSABILIDAD CIVIL contra los causantes del daño, ante la jurisdicción CIVIL: Es un procedimiento que se sigue ante los Tribunales de justicia de la jurisdicción CIVIL.
En cuanto al plazo de prescripción en este supuesto, lo habitual es un plazo de 5 años (en el caso de Responsabilidad Contractual), aunque en ocasiones podría ser de 1 año (Responsabilidad Extracontractual). Este plazo empezaría a contar, igual que en el caso anterior, desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente o en el caso de que a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que cure o estabilice esta lesión/daño/enfermedad.
¿Desde cuándo se computan los plazos para reclamar?
Los plazos se computan desde que las secuelas están estabilizadas. En el procedimiento civil también podría ser cuando la Administración o los juzgados hayan resuelto que estas secuelas suponen determinado grado de minusvalía o incapacidad laboral.
Esta circunstancia hace que en muchas ocasiones sea difícil determinar el propio plazo de prescripción de la acción civil, penal o contencioso-administrativa, porque a su vez resulta complejo determinar si las secuelas se han estabilizado o no.
Ante una negligencia médica… ¿Qué tipo de pruebas debo de recabar?
Si como consecuencia de una actuación sanitaria hemos sufrido un daño que entendemos puede ser debido a una negligencia médica, es importante que cuanto antes empecemos a reunir pruebas, guardando toda la documentación de la que dispongamos y solicitando copia de la que no nos hayan facilitado. Es también conveniente dejar constancia del seguimiento y evolución de cualquier lesión, por ejemplo mediante fotografías.
El informe de un perito médico será determinante para poder demostrar la existencia de la negligencia médica, concretando cuales han sido los errores médicos cometidos y estableciendo el nexo de unión entre esos errores y el daño que se ha producido.
¿Sobre que se basa la cuantía indemnizatoria por una negligencia médica?
Haber sufrido una negligencia médica nos da derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios que hemos sufrido a consecuencia de la misma. La indemnización comprenderá tanto la valoración de las lesiones o secuelas que nos hayan quedado, como la incapacidad temporal, es decir el tiempo que han tardado las lesiones en curar o estabilizarse. En cuanto al daño moral, este también es susceptible de ser reclamado.
Podemos reclamar también daños materiales, esto es, los gastos que hayamos debido afrontar como consecuencia de la negligencia (transporte, rehabilitación …). La pérdida de capacidad económica o lucro cesante que ha sufrido la víctima de negligencia médica también puede ser objeto de reclamación, debidamente acreditada.
Ya por último y una vez más, comentarte que puedes contactarnos y realizar tu consulta de forma totalmente gratuita respecto a tu caso. Ya que nuestro equipo profesional te prestará la mejor atención que necesitas.
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